Sujetos del Derecho del Trabajo

Los sujetos del Derecho del Trabajo son ciertas entidades individuales y colectivas que se vinculan mediante la relación laboral.
Sujetos del Derecho del Trabajo

Los sujetos del derecho del trabajo son ciertas entidades individuales y colectivas que se vinculan mediante la relación laboral. Luego, estas personas físicas o jurídicas que participan en las relaciones de trabajo subordinado, constituyen el centro del estudio del Derecho Laboral. En este sentido, el Código del Trabajo se preocupa de conceptuar a los sujetos individuales, siendo la jurisprudencia y doctrina laboralista las encargadas de identificar y definir a las sujetos colectivos.

Tabla de Contenido

Concepto de los sujetos del derecho del trabajo

Los sujetos del Derecho del Trabajo son las personas naturales o jurídicas que intervienen en forma directa o indirecta en la relación laboral, pudiendo distinguirse sujetos individuales y colectivos. En cuanto a los sujetos individuales, estos se encuentran definidos expresamente en el artículo 3° del Código del Trabajo. A este respecto, los sujetos del derecho del trabajo son:

  • Empleador;
  • Trabajador;
  • El Estado;
  • La Empresa, y
  • Organizaciones Sindicales.

Enumeración de los sujetos del derecho del trabajo

Luego, en consideración a la enumeración recien expuesta, someramente, explicaremos cada una de estas entidades individuales y colectivas vinculadas jurídicamente.

Empleador

El primero de los sujetos del derecho del trabajo es el empleador, este se define como “La persona natural o jurídica que utiliza los servicios intelectuales o materiales de una o más personas, en virtud de un contrato de trabajo.”

Aun cuando en la mayoría de las ocasiones el empleador reviste la forma jurídica de una empresa, por ejemplo ello no ocurre en el caso del contrato de los trabajadores de casa particular, razón por la cual no cabe asimilar ambos conceptos, que además, a nuestro entender, atienden a dos cuestiones distintas, ya que, además, como veremos, habiendo nuestra legislación adoptado un concepto institucional de la empresa, entendiéndose que los trabajadores también forman parte de ella, ya que serían parte de los medios “personales”.

Trabajador

“Toda persona natural que preste servicios personales, intelectuales o materiales, bajo dependencia o subordinación, y en virtud de un contrato de trabajo”. En relación al trabajador, como sujeto del Derecho del Trabajo, es el centro de atención para estudio del Derecho Laboral, ello en razón de la finalidad proteccionista de esta disciplina jurídica.

Estado

A pesar que algunos autores lo incluyen dentro de los sujetos del Derecho del Trabajo por cuanto en virtud de su actividad legislativa dicta las normas laborales; de su actividad administrativa controla y fiscaliza la aplicación de la legislación laboral por medio de órganos especialmente creados para esta finalidad; y que por su acción jurisdiccional mediante tribunales especiales resuelve las contiendas laborales, nosotros estimamos que el Estado no es propiamente un sujeto de la relación laboral, por cuanto no interviene directamente en la relación jurídica laboral.

Empresa

También se encuentra definida en el artículo 3° del Código del Trabajo, el que señala que “para los efectos de la legislación laboral y de seguridad social, se entiende por empresa toda organización de medios personales, materiales o inmateriales, ordenados bajo una dirección, para el logro de fines económicos, sociales, culturales o benéficos, dotada de una individualidad legal determinada”.

Respecto de la empresa, como sujeto de derecho del trabajo, el Código del Trabajo en el artículo 4° consagra el Principio de la Continuidad, al señalar que “las modificaciones totales o parciales relativas al dominio, posesión o mera tenencia de la empresa, no alterarán los derechos y obligaciones de los trabajadores, emanados de sus contratos individuales o de los instrumentos colectivos de trabajo, que mantendrán su vigencia y continuidad con el o los nuevos empleadores”.

Organizaciones Sindicales

En una primera aproximación podemos decir que estos sujetos del derecho del trabajo son agrupaciones permanentes de trabajadores que se unen para la defensa de sus intereses, siendo la organización base el sindicato, el cual no ha sido definido en nuestra legislación, la que se limita a señalar las clases de ellos que podrían conformar los trabajadores.

Pese a que en el Derecho Internacional del Trabajo se reconoce tanto a empleadores como a los trabajadores la posibilidad de conformar sindicatos, en nuestro derecho, sólo se regula el que es conformado por trabajadores.

Bibliografía: Dirección del Trabajo. Recuperado el 2 de enero de 2022, de Dirección del Trabajo.